El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Toledo, con la intermediación de la Correduría BMS Iberia, ha suscrito la Póliza para cobertura de riesgos de Responsabilidad Civil Profesional para 2024, que, este año es con la Cía. CASER
Condiciones técnicas de cobertura, con amplísimas garantías y límites asegurados: R. CIVIL PROFESIONAL, DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADA CONTRATADA
– Por siniestro, asegurado y por año de seguro 4.500.000 € – Franquicia a cargo del Asegurado: SIN FRANQUICIA
DAÑOS A DOCUMENTOS CONFIADOS INCLUIDO
– Por siniestro, asegurado y por año de seguro 180.000,00 €
– Agregado anual para el conjunto de Asegurados, por póliza 600.000,00 €
– Franquicia a cargo del Asegurado 15% SINIESTRO
GASTOS DE RECTIFICACIÓN INCLUIDO
– Por siniestro, y por año de seguro 30.000,00 €
– Franquicia a cargo del Asegurado SIN FRANQUICIA
DAÑOS PATRIMONIALES PRIMARIOS INCLUIDO R. CIVIL MEDIACIÓN INCLUIDO
– Franquicia a cargo del Asegurado: SIN FRANQUICIA
AVISOS IMPORTANTES:
La baja en el seguro implica que a partir de la fecha de su comunicación NO TENDRÁ CONDICIÓN DE ASEGURADO, por lo que aquellas reclamaciones que fuesen formuladas contra Ud. derivadas de la actividad previa a la baja realizada en calidad de Ingeniero Técnico Industrial no quedan amparadas bajo la cobertura de la póliza suscrita por su Colegio Profesional con la compañía MAPFRE EMPRESAS S.A.
Le recordamos que para MANTENER LA CONDICIÓN DE ASEGURADO en la póliza usted puede continuar como ACTIVO o pasar a la modalidad de INACTIVO. Únicamente podrá disfrutar de la modalidad de INACTIVO (*) el Asegurado que cumpla las condiciones que se detallan a continuación:
– CESE PERMANENTE DE LA ACTIVIDAD: Fallecimiento, Jubilación o retiro, Incapacidad profesional.
– CESE DE LA ACTIVIDAD POR CAMBIO EN LA SITUACIÓN LABORAL/PROFESIONAL: Se refiere a que el Asegurado debido a un cambio en su situación laboral/profesional, deja de realizar de forma permanente las siguientes actividades: Redacción y firma de proyectos. Direcciones de Obra y/o asistencias técnicas a la Dirección de Obra aunque no conlleven firma del certificado final de obra por parte del asegurado. Mediciones, Cálculos, Valoraciones, Peritaciones, estudios e informes, Planos y otros trabajos análogos, y en general cualquier labor como Ingeniero.
(*) Previa información y aceptación por parte de la aseguradora.
La condición de Asegurado INACTIVO se puede disfrutar y mantener en caso de que la solicitud a esta modalidad venga determinada por alguna de las situaciones que a continuación se señalan siendo dicho cambio de modalidad comunicado por escrito.
En cualquier caso, para poder disfrutar y mantener la condición de asegurado Inactivo, además de cumplir con los requisitos arriba indicados, es necesario CONTINUAR COLEGIADO en su Colegio Profesional y poder JUSTIFICAR su situación de inactividad con documentación acreditativa de la situación de inicio y permanencia de inactividad en caso de siniestro.
Es importante también recordar:
1.- Que el seguro debe estar contratado y por tanto el colegiado debe estar asegurado en la póliza bien como activo o como inactivo en el momento en el que se produce la reclamación para que la misma tenga cobertura.
Modalidades de Ejercicio Profesional:
a) Libre Ejerciente / Socio
Actuación profesional objeto de seguro como colegiado del Colegio Tomador del seguro por cuenta propia, como persona individual, o bien actuando como socio en alguno de los modelos de sociedades indicados en el punto 1.3.3 encontrándose habilitado para su ejercicio y en cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio de esta profesión se exige en cada momento.
b) Recién Titulado / Licenciado
Actuación profesional objeto de seguro del colegiado del Colegio Tomador del seguro con menos de 24 meses desde su titulación en el momento de incorporación a la póliza, por cuenta propia, como persona individual, encontrándose legalmente habilitado para su ejercicio y en cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio de la profesión se exija en cada momento. Si durante la vigencia de la póliza superan los 24 meses se consideran igualmente Recién Titulados hasta el próximo vencimiento de la citada póliza.
c) Asalariado
Responsabilidad Civil personal y directa que pueda derivarse para los colegiados del Colegio Tomador del seguro por cuenta ajena, en relación laboral con una entidad jurídica o persona física, por daños causados a terceros en el ejercicio de su actividad profesional objeto de seguro para la que están legalmente habilitados de acuerdo con los estatutos, disposiciones y reglamentos vigentes.
d) Funcionario / Empleado Público
Responsabilidad Civil personal y directa que pueda derivarse para los colegiados del Colegio Tomador del seguro como personal funcionario o con contrato laboral con la Administración, por daños causados a terceros en el ejercicio de su actividad profesional objeto de seguro para la que están legalmente habilitados de acuerdo con los estatutos, disposiciones y reglamentos vigentes.
e) Libre Ejerciente Singular
Actuación profesional objeto de seguro como Ingeniero Técnico Industrial por cuenta propia, como persona individual encontrándose habilitado para su ejercicio y en cumplimiento de los requisitos que para el ejercicio de esta profesión se exige en cada momento, que únicamente realice pericias, peritaciones, tasaciones, valoraciones, certificaciones ITV, certificaciones de eficiencia energética y dictámenes.
BOLETINBOLETÍN ADHESION COITI TOLEDO 2024 con las principales coberturas, límites y garantías de póliza (consultar prima del SRC con el Colegio).
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